Real Unión de Criadores de Toros de Lidia

Libro genealógico

Definición. Antecedentes.

El Libro Genealógico (L. Gco) es un sistema informatizado que alberga una base de datos cuya llevanza y gestión está tutelada por las asociaciones de ganaderos de raza pura reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España. La Reglamentación específica del Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia se publicó en el Boletín Oficial del Estado con fecha 21 de marzo de 1990 mediante O.M de 12 de marzo de 1990.

El Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia en la actualidad engloba a las cinco asociaciones de ganaderos de dicha raza existentes en España; AEGRB, AGL, AGRL, GLU y UCTL.

Objetivos.

  1. Asegurar la pureza étnica dela raza de lidia y su selección.
  2. Estimular y orientar la mejora de la misma.
  3. Organizar y mantener actualizados los registros de las ganaderías inscritas, así como dar fe del contenido de los mismos.
  4. Favorecer el progreso de la raza de lidia.

Organización.

El Libro Genealógico está constituido por tres Registros:

  1. Registro Fundacional. Constituido por los ejemplares reproductores que en el momento del nacimiento de las camadas de 1988 y 1989, estuvieran vivos, así como los productos de los mismos de los guarismos “8” y “9”. Deberán reunir las características propias de la raza, contar con no menos de 24 meses de edad y tener acreditadas un mínimo de dos generaciones de ascendientes que testimonien su origen y procedencia. No manifestar taras o defectos que determinen su descalificación como reproductores. En la actualidad no existen ejemplares vivos de este registro en la UCTL.
  2. Registro de Nacimientos. Formado por los productos de ambos sexos nacidos de reproductores inscritos en el Registro Fundacional o en el Registro Definitivo, con control previo de Lotes de Cubrición.
  3. El Registro Definitivo. Está compuesto por ejemplares procedentes del registro de nacimientos y que han sido seleccionados y aprobados como reproductores y reúnan a juicio de la UCTL los requisitos necesarios para su inscripción.

Denominaciones.

Ganadería Criadora de una res es aquella en la que fue herrada. Ganadería propietaria es aquella que tiene la propiedad de la res, sea o no la que la herró.

Funcionamiento del Libro Genealógico.

La recogida de datos para el Libro Genealógico de cada ganadería para su control, registro y su posterior informatización se realiza mediante una serie de impresos normalizados aprobados en su día por el MAPAMA.

1. Impresos con la información que aporta el ganadero.

a) Parte de Cubrición (GL-1).
b) Declaración de Nacimientos (GL-2).
c) Solicitud de inscripción en el Registro Definitivo (GL-3).
d) Parte de Baja (GL-4). Baja por muerte natural, por matadero, por lidia, por venta y Baja Definitiva para la Reproducción.
e) Transacción Parcial de Reproductores (GL-5).
f) Cesión Temporal de Semental (GL-12).
g) Solicitud de Baja Temporal para la Reproducción (Gl-13).
h) Solicitud de Retorno para la Reproducción de la Baja Temporal (GL-14).

2. Impresos con las solicitudes que realiza el ganadero.

a) Solicitud de ahijado previo al herradero (SOL-1).
b) Solicitud de herradero-ahijado (SOL-2).
c) Solicitud de Cartas Genealógicas (SOL-3).
d) Solicitud de Certificados de Nacimiento (SOL-4).

Base Legal.

El Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia es regido por los Estatutos y Normativa de Régimen Interior del Libro Genealógico de la UCTL.